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Artículo UNICO de la Ley 2.509

Declara de utilidad pública una faja de terreno en la propiedad de corina lemus para ensanchar el camino de la estacion de curimon a rinconada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23337 / 7165816.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se declara de utilidad pública una faja de terreno de catorce metros de ancho por novecientos setenta i cinco de lonjitud, en la propiedad de doña Corina Lémus, para la rectificacion del camino de la estacion de Curimon a Rinconada. La espropiacion consiguiente se llevará a cabo en conformidad al plano que apruebe el Presidente de la República i a las disposiciones de la lei de 18 de Junio de 1857.