Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 2.559 · Autoriza la inversion de $ 200.000 en combatir las enfermedades infecciosas

Autoriza la inversion de $ 200.000 en combatir las enfermedades infecciosas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23356 / 8275318.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas, i en los gastos que orijine el mantenimiento del servicio sanitario del pais.