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Artículo UNICO de la Ley 2.578

Concede fondos para reparaciones en el manicomio de concepcion i traslacion a el de 300 enfermos de la casa de orates de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23369 / 8275379.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la Rep�blica para invertir hasta la suma de ciento quince mil pesos ($ 115,000) en los gastos de reparacion del edificio i en los de traslacion, instalacion i mantenimiento en el Manicomio de Concepcion de los trescientos enfermos que es necesario llevar a dicho establecimiento de la Casa de Orates de Santiago, por estrechez de este local.