Texto oficial
Art. 3.°- Siempre que los colores nacionales se usen verticalmente, deberán ir: el azul a la izquierda, el blanco al centro i el rojo a la derecha; i siempre que se usen horizontal o diagonalmente, ocuparán: el azul la parte superior, el blanco el centro i el rojo la parte inferior.
Las cucardas o escarapelas tendrán: azul el centro, blanca la segunda faja i roja la faja esterior, con una estrella de plata en el centro azul.