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Artículo UNICO de la Ley 15.871 · Aumenta, por gracia, la pension de doña augusta mucke viuda de infante

Aumenta, por gracia, la pension de doña augusta mucke viuda de infante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233981 / 6510285.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase a la suma de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Augusta Mucke viuda de Infante. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Ministerio de Hacienda.