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Artículo UNICO de la Ley 15.876 · Concede pension, por gracia, a doña marta, doña rebeca y doña zulema fuenzalida castro

Concede pension, por gracia, a doña marta, doña rebeca y doña zulema fuenzalida castro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233984 / 6510294.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Marta, doña Rebeca y a doña Zulema Fuenzalida Castro, una pensión de Eº 70 mensuales para cada una, con derecho a acrecer entre ellas. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.