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Artículo UNICO de la Ley 15.896 · Concede pension, por gracia, a doña karen christoffersen viuda de christiansen

Concede pension, por gracia, a doña karen christoffersen viuda de christiansen

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 233996 / 6510330.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de doscientos escudos mensuales a doña Karen Christoffersen viuda de Christiansen. El gasto que importe el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.