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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 32

Determina, para el ministerio de minería y servicios publicos que indica, los cargos que tendran la calidad dispuesta en el articulo 7º bis de la ley nº18.834 y cambia denominaciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234079 / 6510703.

Texto oficial

Artículo 1º.- Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican: a) Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería Denominación Grado Nºcargos Jefe Departamento 6º 1 Jefe Departamento 9º 1 b) Comisión Chilena del Cobre Denominación Nivel Nºcargos Secretario General III 1 c) Servicio Nacional de Geología y Minería Denominación Categoría Nºcargos Jefe Departamento 5 8 Jefe Departamento Información y Difusión 7 1 Jefe Departamento Jurídico 8 1 Jefe Departamento Planificación 8 1 Jefe Departamento Seguridad Minera 9 1 Jefe Departamento Propiedad Minera 10 1 d) Comisión Chilena de Energía Nuclear Denominación Grado Nºcargos Jefes Deptos. 5º 3