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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 41

Determina, para el ministerio de educacion y servicios publicos que indica, los cargos que tendran la calidad dispuesta en el articulo 7º bis de la ley nº 18.834 y cambia denominaciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234102 / 6510775.

Texto oficial

Artículo 1º.- Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican: a) Ministerio de Educación Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 4° 10 Jefes de Departamento 5° 7 Jefes de Departamento 6° 16 Jefes de Departamento 7° 1 Jefes de Departamento 8° 48 b) Consejo Nacional de la Cultura y las Artes Denominación Grado Nº cargos Jefe de Departamento 5° 1 Jefes de Departamentos 6° 2 Jefes de Departamentos 8° 13 c) Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos Denominación Grado Nº cargos Jefes de Departamento 6° 12 d) Junta Nacional de Jardines Infantiles Denominación Grado Nº cargos Director Departamento Informática 5° 1 Director Departamento Administración y Recursos Humanos 5° 1 e) Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica Denominación Grado Nº cargos Jefes Departamento 5° 6 Jefe Depto. Jurídico 5° 1