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Artículo PRIMERO de la Ley 2.668

Concede la autorizacion i los fondos necesarios para erijir un mausoleo en el cementerio jeneral de santiago a la memoria de don juan jose latorre

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23422 / 7165946.

Texto oficial

ARTICULO PRIMERO.- Eríjase en el Cementerio Jeneral de Santiago un mausoleo a la memoria del Vice-Almirante don Juan José Latorre.