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Artículo UNICO de la Ley 15.905 · Concede pension, por gracia, a doña atala arabena williams

Concede pension, por gracia, a doña atala arabena williams

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234352 / 6511996.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Atala Arabena Williams, una pensión de ciento cincuenta escudos mensuales. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.