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Artículo UNICO de la Ley 15.945

Concede pension, por gracia, a doña dubilia forni viuda de macchiavello y a sus hijos menores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234378 / 6512093.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Dubilia Forni viuda de Macchiavello y a sus hijos menores, una pensión mensual de Eº 400 de la que gozarán con derecho de acrecer entre ellos. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.