Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 2.709

Concede $ 6,000 a cada una de las familias de los ex-ministros plenipotenciarios s.s. domingo gana i anibal cruz para atender a los gastos de flete a chile de sus menajes de casa.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23438 / 5953929.

Texto oficial

Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para que invierta la cantidad de doce mil pesos ($ 12,000) moneda corriente, en abonar a las familias de los ex-Ministros Plenipotenciarios i Enviados Estraordinarios, señores Domingo Gana i Anibal Cruz, la cantidad de seis mil pesos ($ 6,000) a cada una para atender a los gastos de flete a Chile del menaje de casa.