Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 15.933 · Concede pension, por gracia, a doña lucia aurelia garcia ahumada

Concede pension, por gracia, a doña lucia aurelia garcia ahumada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234390 / 6512129.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Lucía Aurelia García Ahumada, una pensión de setenta escudos mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio de la que actualmente percibe. El gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.