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Artículo UNICO de la Ley 15.956 · Concede pension, por gracia, a doña blanca puño vargas

Concede pension, por gracia, a doña blanca puño vargas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 234422 · idParte: 6512262

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Blanca Puño Vargas una pensión de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.