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Artículo UNICO de la Ley 15.958 · Concede pension, por gracia, a don juan esteban ramirez

Concede pension, por gracia, a don juan esteban ramirez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 234424 / 6512268.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Juan Esteban Ramírez, una pensión mensual de Eº 50. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.