Texto oficial
ARTICULO UNICO.- Se autoriza la inversion de la suma de treinta i seis mil pesos ($ 36,000) en el mantenimiento, durante el actual período ordinario, del servicio de publicacion de sesiones de la Cámara de Diputados.
Destínase asimismo la cantidad de treinta i seis mil pesos ($ 36,000) al mantenimiento del servicio de publicacion de sesiones de la Cámara de Senadores, durante el año en curso.