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Artículo UNICO de la Ley 2.784

Libera de derechos de aduana los aparatos esterelizadores de leche i sus anexos destinados al patronato de la infancia de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23495 / 5954120.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Concédese a la Institucion denominada "Patronato de la Infancia de Santiago", liberacion de derechos de internacion hasta por la suma de tres mil pesos ($ 3,000), oro de dieciocho peniques para los aparatos esterelizadores de leche i sus anexos destinados a los establecimientos que mantiene en esta capital.