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Artículo UNICO de la Ley 2.794

Autoriza el pago del 6% de interes sobre las cantidades que se devuelvan a don aureliano burr sanchez, como sucesor de los derechos de don alejo gumpertz a la hijuela n.° 107 del plano de cancura rematada ante la junta de almoneda de valdivia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23502 / 5954138.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para pagar el interes legal determinado por el artículo 2.207 del Código Civil sobre las cantidades que se devuelvan a don Aureliano Burr Sánchez, como sucesor de los derechos de don Alejo Gumpertz sobre la hijuela N.° 107 del plano de Cancura, rematada ante la Junta de Almoneda de Valdivia el 28 de Diciembre de 1894, en conformidad a las disposiciones del decreto de 16 de Noviembre del mismo año. Los intereses se computarán desde la fecha del pago de las cantidades respectivas en arcas fiscales.