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Artículo UNICO de la Ley 15.988 · Concede pension, por gracia, a doña maria ortiz viuda de carvallo

Concede pension, por gracia, a doña maria ortiz viuda de carvallo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235184 / 6514868.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Ortiz viuda de Carvallo una pensión de Eº 80 mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.