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Artículo UNICO de la Ley 2.819

Autoriza a la municipalidad de santiago para que formule i apruebe por si sola el presupuesto de la corporacion del año 1914 i para que suplemente las partidas del presupuesto vijente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23523 / 8275637.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Santiago para que, en lo que resta del presente año, proceda a formular i aprobar por si sola el presupuesto para el próximo año de 1914, i pueda en la misma forma suplementar las partidas del presupuesto en vijencia, con los sobrantes de las demas partidas o con exceso de renta.