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Artículo 1 de la Ley 20.002

Prorroga la vigencia de los avaluos de los bienes raices no agricolas y del mecanismo de compensacion de lo previsto en la ley nº 19.850

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235248 / 6515105.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Prorrógase la vigencia de los avalúos de los bienes raíces no agrícolas de todo el país vigentes al 31 de diciembre del año 2004, hasta el 31 de diciembre del año 2005; y fíjase la entrada en vigencia del reavalúo de los bienes raíces no agrícolas a contar del 1 de enero del año 2006. INCISO SUPRIMIDO