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Artículo UNICO de la Ley 2.831 · Concede varios suplementos al presupuesto del ministerio de guerra.

Concede varios suplementos al presupuesto del ministerio de guerra.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23533 / 7166039.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Concédense los siguientes suplementos a los item que se indican del Presupuesto de Guerra: Item 326.- Para alimentacion de tropa, setecientos veintiun mil novecientos cuarenta pesos_________________________________$721,940 Item 327.- Para forraje, paja larga i otros servicios, quinientos mil pesos________________ 500,000 Item 344.- Para lavado i servicio de peluqueria de los conscriptos, cincuenta mil pesos________ 50,000 __________ 1.271,940