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Artículo UNICO de la Ley 2.859 · Concede fondos para pagar cuentas pendientes del ministerio de justicia.

Concede fondos para pagar cuentas pendientes del ministerio de justicia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23548 / 5954279.

Texto oficial

Artículo único.-Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad de ciento sesenta i seis mil doscientos cuarenta i un pesos dieciseis centavos ($ 166,241.16), en la cancelacion de cuentas de años anteriores que existen pendientes en el Ministerio de Justicia.