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Artículo UNICO de la Ley 15.774 · Concede pension, por gracia, a don jorge de la carrera torres

Concede pension, por gracia, a don jorge de la carrera torres

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235690 / 6516626.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Jorge de la Carrera Torres, ex Arquitecto Visitador de la Inspección y Oficina de Arquitectura de los Servicios de Asistencia Social una pensión mensual de cien escudos mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.