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Artículo UNICO de la Ley 15.787 · Concede pension, por gracia, a doña raquel apablaza viuda de garay

Concede pension, por gracia, a doña raquel apablaza viuda de garay

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235699 / 6516653.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de Eº 50 a doña Raquel Apablaza viuda de Garay. El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.