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Artículo UNICO de la Ley 15.791 · Aumenta, por gracia, la pension de doña ernestina baeza ramos

Aumenta, por gracia, la pension de doña ernestina baeza ramos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235703 / 6516665.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a treinta y cinco escudos (Eº 35) mensuales la pensión de que disfruta doña Ernestina Baeza Ramos por ley N.o 12.976, de 16 de Septiembre de 1958. En caso de su fallecimiento, su hija, doña Juana Ernestina Bocaz Baeza, percibirá esta pensión. El mayor gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.