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Artículo UNICO de la Ley 16.027 · Concede pension, por gracia, a doña maria salazar viuda de venegas y a doña amelia venegas

Concede pension, por gracia, a doña maria salazar viuda de venegas y a doña amelia venegas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 235822 / 6516996.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Salazar viuda del ex Senador don Máximo Venegas, una pensión de Eº 200 mensuales y, concédese, asimismo, a su hija doña Amelia Venegas, una pensión de Eº 75 mensuales de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.