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Artículo UNICO de la Ley 16.051 · Concede, por gracia, el derecho que indica al vicesargento 1.o don miguel diaz gonzalez

Concede, por gracia, el derecho que indica al vicesargento 1.o don miguel diaz gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236083 / 6517944.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, el Derecho a que el Vicesargento 1.o, don Miguel Díaz González, pueda solicitar, como dentro del plazo legal, la instrucción de una investigación sumaria destinada a esclarecer si el accidente que sufrió en acto determinado del servicio le ha producido incapacidad física y, en caso de ser así, extiéndasele una nueva cédula de retiro con los beneficios legales que le correspondan.