Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 2.945

Autoriza a la municipalidad de santiago para;prorrogar por un año la cuenta corriente que contrató;con el banco de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23616 / 8275776.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Santiago para prorrogar, por un año, la cuenta corriente por un millon de pesos ($ 1.000,000) que contrató con el Banco de Chile en virtud de la lei número 2,817.