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Artículo 10 de la Ley 2.960 · Reforma la lei orgánica de municipalidades

Reforma la lei orgánica de municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23625 / 8829140.

Texto oficial

ART. 10.- Se modifica la primera parte del número 1.° del artículo 26 en esta forma: "Conceder el uso i goce de los bienes de propiedad municipal por un tiempo que no exeda de diez años i con fines i bajo condiciones que sean en beneficio público, previo acuerdo de la asamblea de contribuyentes."