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Artículo UNICO de la Ley 2.966

Posterga el plazo fijado por la lei numero 2,192 para la conversion del papel moneda de curso forzoso hasta el 1.° de enero de 1917, como asimismo los demás plazos que se consultan en la misma lei.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23631 / 5954559.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se posterga el plazo fijado por la lei número 2,192, de 30 de Agosto de 1909, para la conversion del papel moneda de curso forzoso hasta el 1.° de Enero de 1917. Se postergan igualmente por el término de dos años los demas plazos consultados en la presente lei. La presente lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.