Texto oficial
ARTICULO UNICO.- Prorrógase, por seis meses, la autorizacion dada al Presidente de la República por la lei número 2,918, de 12 de Agosto del presente año.
Esta lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
Prorroga por seis meses la autorizacion conferida al presidente de la república para conceder un anticipo a; os productores de salitre que se comprometan a no paralizar la esplotacion de sus oficinas con motivo de la guerra europea
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