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Artículo UNICO de la Ley 2.996 · Concede derecho a jubilar al ministro de la corte suprema don gabriel palma guzman

Concede derecho a jubilar al ministro de la corte suprema don gabriel palma guzman

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23657 · idParte: 7166194

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Ministro de la Corte Suprema de Justicia, don Gabriel Palma Guzman, derecho de jubilar con una pension igual al sueldo íntegro asignado a su empleo.