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Artículo UNICO de la Ley 3.012 · Concede un suplemento para proseguir las obras de agua potable de santiago

Concede un suplemento para proseguir las obras de agua potable de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23666 / 8275854.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Concédese un suplemento de cuatro millones de pesos ($ 4.000,000) al ítem 3,502, partida 29 del presupuesto del Ministerio del Interior, para proseguir las obras de agua potable de Santiago, contratadas con arreglo a la lei número 2,750, de 28 de Enero de 1913. Esta cantidad se deducirá de los fondos que dejarán sin invertir de los ítem 1,593 i 1,594, de la partida 19 del presupuesto del Ministerio de Hacienda.