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Artículo UNICO de la Ley 3.030

Concede fondos para cancelar el saldo del precio del nuevo manicomio, comprado por el gobierno a la junta de beneficencia de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23678 / 5954783.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de novecientos diecinueve mil seiscientos cincuenta i nueve pesos 42 centavos, ($ 919,659.42) en la cancelacion del saldo del precio de 181,710 metros cuadrados de terreno, incluso los edificios del nuevo Manicomio en él levantados i comprados por el Gobierno a la Junta de Beneficencia de Santiago, obteniendo previamente de esta Junta que redima en arcas fiscales, con arreglo a la lei, censos por igual cantidad de pesos.