Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 3.036

Concede fondos para la representacion de chile en el segundo congreso cientifico pan-americano i reduce un item del presupuesto de marina.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23682 / 5954795.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de treinta mil pesos oro de dieciocho peniques ($ 30,000) en atender a los gastos que demande la representacion de Chile en el segundo Congreso Científico Pan-Americano, que se reunirá en Wáshington a fines del presente año. Se reduce en la suma de treinta mil pesos oro de dieciocho peniques ($ 30,000) la cantidad que consulta el Presupuesto vijente en el ítem 745 del Presupuesto de Marina.