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Artículo UNICO de la Ley 15.741

Concede, por gracia, a don horacio smart fabres el derecho a reajustar su jubilacion en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236848 / 6521045.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Horacio Smart Fabres el derecho de reajustar su jubilación de acuerdo con el total de la renta de que disfruta actualmente y de que disfrutará en el futuro el Subsecretario del Ministerio de Hacienda y con los beneficios a que se refiere el artículo 132 del decreto con fuerza de ley número 338, de 1960. El mayor gasto que demande esta ley será de exclusivo cargo fiscal y se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.