Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 3.042 · Concede varios suplementos para gastos del senado

Concede varios suplementos para gastos del senado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23687 / 8275901.

Texto oficial

ART. 2.°- Autorízase la inversion hasta de treinta i seis mil pesos ($ 36,000) en la organizacion del servicio de redaccion i publicacion de las sesiones del Senado, en la forma que acuerde la Comision de Policía.