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Artículo 1 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 236971 / 6521708.

Texto oficial

"Artículo 1º.- La remuneración mensual de los Ministros del Tribunal será equivalente a la remuneración establecida para el grado II de la Escala de Sueldos del Poder Judicial, Escalafón del Personal Superior, incluidas las asignaciones que correspondan a dicho grado.