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Artículo 11 de la Ley 3.066 · Arancel aduanero

Arancel aduanero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23707 / 8829174.

Texto oficial

ART. 11.- Cuando en el Arancel se empleen las frases "otra materia" no se consderarán comprendidas las piedras preciosas, las perlas, los metales finos ni la seda.