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Artículo 2 de la Ley 3.067 · Reduce el personal de algunas cortes de apelaciones

Reduce el personal de algunas cortes de apelaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23708 · idParte: 5954896

Texto oficial

ART. 2.° La Corte de Apelaciones de Concepcion se compondrá de siete Ministros, un Fiscal, dos Relatores i un Secretario, continuando dividida en dos salas con tres i cuatro miembros, respectivamente.