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Artículo UNICO de la Ley 3.084

Concede fondos para los gastos que demande la delegacion chilena a la reunion de la alta comision internacional que se efectuara en buenos aires i para la recepcion en chile de la delegacion norte americana.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23724 / 5954946.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) en los gastos de representacion i otros que orijine la concurrencia de la Delegacion Chilena a la Reuni�n de la Alta Comision Internacional que se efectuará en Buenos Aires en el mes de Abril próximo, i en los gastos que ocasione la recepcion en Chile de la Delegacion Norte Americana, presidida por el Secretario del Tesoro de Estados Unidos de Norte América. La presente lei rejirá desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.