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Artículo UNICO de la Ley 3.085

Fija los derechos de importacion que pagara la margarina i modifica la partida 24 del arancel aduanero

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23725 · idParte: 7166294

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Sustitúyese en la partida 24 del artículo 1.° de la lei número 3,066 de 1.° de Marzo de 1916, las palabras "i margarina" por estas otras: "i manteca margárica:" e intercálase a continuacion de la partida 24 la siguiente: "24a.- Margarina, K. B._______________ $ 0.30"