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Artículo UNICO de la Ley 3.095

Concede fondos para pagar sueldos atrasados de catorce medicos del hospital de san vicente de paul

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23732 / 8275931.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treina i seis mil cuatrocientos pesos ($ 36,400) en pagar los servicios de catorce profesores de medicina que han atendido a los enfermos del Hospital de San Vicente de Paul durante los años 1914 i 1915.