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Artículo UNICO de la Ley 3.113

Autoriza el pago a doña ester de la maza v. de bunster del valor de los terrenos espropiados para el servicio del agua potable de traiguen.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23747 / 8275959.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para que pague a doña Ester de la Maza viuda de Bunster el valor de los terrenos espropiados en Traiguen, destinados a la captacion, planta elevadora i estanque del agua potable de la mencionada ciudad.