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Artículo UNICO de la Ley 16.052 · Rectifica la ley n.o 14.751

Rectifica la ley n.o 14.751

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 237515 / 6523797.

Texto oficial

Artículo único.- Declárase que la beneficiaria de la ley N.o 14.751 es doña Irma Pavez Vidal y no doña Irma Pavez Hidalgo, persona que no existe. El beneficio respectivo rige desde el 28 de Diciembre de 1961, fecha de promulgación de la citada ley.