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Artículo UNICO de la Ley 3.119

Posterga la vijencia de la disposicion del arancel aduanero que prohibe la internacion de las drogas i preparados farmacéuticos que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23753 / 7166334.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Postérguese hasta el 1.° de Enero próximo la vijencia del inciso 4.° del artículo 5.° de la lei número 3.066, de 1.° de Marzo del año en curso.