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Artículo UNICO de la Ley 3.120 · Concede derecho a jubilar a don ricardo ahumada maturana

Concede derecho a jubilar a don ricardo ahumada maturana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23754 / 5955044.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- En atencion a los servicios prestados en la guerra del Pacífico por don Ricardo Ahumada Maturana, se le concede, por gracia, derecho a jubilar con una pension equivalente al setenta i cinco por ciento del sueldo asignado al empleo que actualmente desempeña.