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Artículo UNICO de la Ley 3.122

Concede un suplemento de $ 100.000 al presupuesto del ministerio de instrucción pública del año 1916 para la adquisicion de mobiliario escolar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23756 · idParte: 7166340

Texto oficial

ARTICULO UNICO.-Concédese un suplemento de cien mil pesos ($ 100,000) al ítem 2,149, partida 22, del Presupuesto de Instrucci�n Pública.